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Aportaciones recibidas en la Consulta Pública previa:

Consulta Pública previa para elaborar el Anteproyecto de Ley por el que se regula el Tercer Sector de Acción Social en Aragón.

Listado de aportaciones
Mostrando 1 al 2 de 2 resultados
Aportación sobre Aportación Documento adjuntado
OBJETIVOS DE LA NORMA Dentro de los objetivos de la norma , ampliaríamos uno de los objetivos: -Avanzar hacia nuevas formas de relación con la sociedad civil que permitan promover un modelo de Administración abierta, atendiendo a las necesidades reales de los colectivos (asociaciones de pacientes) que representan las entidades sin ánimo de lucro. Añadiríamos un objetivo: -Diferenciar las entidades que forman parte del Tercer Sector Social en Aragón. Argumentación: Hay mucha diversidad de entidades, y las fórmulas no pueden ser iguales para todas , debiendo impulsar la utilización de los instrumentos normativos que en cada caso resulten más adecuados. Esto implicaría revisión de los criterios de las subvenciones de concurrencia competitiva y revisión también de las subvenciones nominativas en el Tercer Sector atendiendo a la Ley de Subvenciones y los principios generales que se regulan como la igualdad etc Se trata de adecuar los sistemas de financiación pública mediante subvenciones que sean más equitativas y justas entre las entidades. Es un anteproyecto de ley que debe contemplar a todo el Tercer Sector de Acción Social en Aragón.
Antecedentes de la norma Como antecedentes de la norma, añadiríamos : -Ley 6/2002, de 15 de abril, de Salud de Aragón. Esta ley plantea entre sus principios rectores, la calidad permanente de los servicios y prestaciones para lograr la máxima eficacia y eficiencia en la asignación, utilización y gestión de los recursos, así como la satisfacción de los usuarios. En el artículo 4.4 reconoce el derecho a desarrollar acciones orientadas a garantizar la salud pública de la población, entre otras a través de la participación y acción comunitaria y del fortalecimiento de las redes sociales. Consideramos que es importante que en este Anteproyecto de Ley se contemple normativa de carácter sanitario por su repercusión en el ámbito del Tercer Sector en Aragón. Existe en nuestra Comunidad Autónoma, un gran número de entidades constituidas por los propios afectados y familias, que han demostrado eficacia y eficiencia en la cobertura de necesidades de los pacientes. Son entidades muchas de ellas con poca capacidad presupuestaria , que quedan en segundo plano al contar con poca financiación pública /privada. Creemos que este Anteproyecto de Ley es una buena oportunidad para que se reconozca esta labor y tengan un apartado diferenciador entre otras entidades, y por tanto la ley sanitaria de Aragón debería contemplarse aunque que la promueva el Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales. -Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón. Tratándose del ámbito del Tercer Sector en Aragón la normativa en materia de Subvenciones debería estar presente.

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