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Aportaciones recibidas en la Consulta Pública previa:

Consulta pública previa para elaborar el proyecto de decreto por el que se modifica el Decreto 188/2017, de 28 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la respuesta educativa inclusiva y la convivencia en las comunidades educativas de la Comunidad Autónoma de Aragón

Listado de aportaciones
Mostrando 1 al 5 de 5 resultados
Aportación sobre Aportación Documento adjuntado
Propuesta de Modificación de actuaciones necesarias para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo por altas capacidades. Adecuar la norma.
Rechazo la propuesta de modificación del Decreto 188/2017 Rechazo la propuesta de modificación del Decreto 188/2017 como vía de cumplimiento del fallo de la sentencia 138/2021 de 1 de febrero del TSJA. El fallo de la sentencia se refiere a la Orden 1005/2018 y consiste en que sean considerados ACNEAE todos los estudiantes con altas capacidades intelectuales, independientemente de que tengan medidas específicas o generales. Un nuevo decreto no puede ser la vía para subsanar la Orden 1005. ¿El propósito de la Administración es burlar la ejecución de la sentencia modificando el Decreto? ¿Piensa el Consejero de Educación seguir restringiendo en la nueva propuesta de decreto la definición de ACNEAE, y, en consecuencia, aumentar aún más el grado de desatención de un colectivo ya de por sí invisibilizado y negado en muchos centros educativos? Les recuerdo que por encima de la Orden, o un nuevo Decreto, está la Ley Orgánica (actualmente la LOMLOE), en la que se consideran ACNEAE todos los alumnos con altas capacidades, independientemente del tipo de intervención que recibe (medidas generales o específicas). Por otro lado, se les puede facilitar mucho la atención mediante la flexibilización curricular (salto de curso), pues es una medida económica para la Administración, tanto en recursos materiales y personales como en ahorro en los presupuestos educativos. Cada alumno flexibilizado les ahorra 20.000 euros al presupuesto en Educación en Primaria y Secundaria. Pero, además, para muchos alumnos con altas capacidades sería la medida más eficaz en función de sus necesidades. Si necesitan cualquier información al respecto, puedo aportarles validez científica. Más vale flexibilizar que legislar.
Rechazo de SIN LíMITES, Asociación Aragonesa de Altas Capacidades a la propuesta de modificación del Decreto 188/2017 como vía de cumplimiento del fallo de la sentencia 138/2021 de 1 de febrero del TSJA Desde SIN LÍMITES, Asociación Aragonesa de Altas Capacidades nos oponemos a que, como se indica en esta consulta pública, el «establecimiento de un marco adecuado de seguridad jurídica en cumplimiento de la sentencia 138/2021 de 1 de febrero del TSJA» conlleve la modificación del Decreto 188/2017 por el que se regula la respuesta educativa inclusiva en el sentido de «modificar la definición de las actuaciones necesarias para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo por altas capacidades».
Propuesta de modificación de actuaciones necesarias para el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo por altas capacidades.Adecuar la norma. Importancia de la formación del profesorado y de l@s orientadores. La falta de atención deriva en problemas emocionales. Que dejen flexibilizar más fácilmente ya que no atienden, la atención no se solventan con sudokus. Los centros educativos tienen que permitir que los alumnos se desarrollen al máximo de sus capacidades, en el caso de las altas capacidades no se está cumpliendo. La inclusión es ofrecer una educación adaptada a las necesidades de cada alumno.
Propuesta de Modificación de actuaciones necesarias para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo por altas capacidades. Como madre de 3 niñas con altas capacidades me veo en la obligación de hacer esta aportación. Hoy en dia en gran parte de los colegios de Aragón no hay ningún tipo de atención a estos niños, esto significa dejar de lado a un gran parte del alumnado. Por ello argumento que: - Desde los centros se nos comunica a las familias que los orientadores tienen gran carga de trabajo, pues bien, ¿ Por que no se aceptan los informes de profesionales externos, privados y reconocidos especialistas?. - Ya que no hay ninguna atención a estos niños, ¿ Por qué no se llevan a cabo mayor número de flexibilizaciones? - Es esencial que todos los profesionales de la educación estén preparados y formados para poder identificar y atender a estos niños y niñas. - Se deben de tomar medidas generales para todos los alumnos identificados bien externamente como por el centro como de altas capacidades. - Se tenga en cuenta la gran cantidad de problemas emocionales que tienen estos niños y niñas, asi como el gran porcentaje existente de fracaso escolar en estos alumnos. - En las aulas de desarrollo de capacidades haya niños identificados como altas capacidades así como niños no identificados pero con gran potencial. En ningún caso debe de rotarse a los niños de este aula. -Se tenga en cuenta a las familias en todo el proceso, se les guíe y se les apoye en todos los casos.

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